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Derechos, deberes, DENUNCIA

03 | 06 | 2016

En esta segunda jornada de reflexión sobre la #justiciaycompromisohc, hemos podido escuchar a Luis Ureña, economista y teólogo, y a Juan Vizuete, abogado especialista en menores. Nos han expuesto, respectivamente, la legislación referente al Tercer Sector de acción social y a la protección jurídica del menor, recientemente reformada.

Luis Ureña trabaja como asesor legal de Cáritas española. Nos ha contado las leyes que han sido el precedente de la ley actual del tercer sector social. Esta ley recorta lo relativo a la protección de los derechos humanos, puesto que habla más bien de derechos civiles:  sociales, económicos, culturales... que no es lo mismo, lo cual supone en este aspecto un retroceso. Pero supone un avance en el reconocimiento de las entidades sociales y las  define: "son aquellas organizaciones de carácter privado surgidas de la iniciativa ciudadana o social bajo diferentes modalidades, que responden a criterios de solidaridad  y de participación social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro". La Ley reconoce el valor de estas entidades en cuanto "via de acción ciudadana alternativa (...) orientada a evitar que determinados grupos sociales se vean excluidos de unos niveles elementales de bienestar". 

La reflexión sobre esta ley se ha dinamizado con un vídeo de los derechos humanos y un trabajo de grupos.

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Simultáneamente, a otro grupo de participantes, Juan Vizuete nos ha explicado detalladamente las novedades de la Ley orgánica de protección jurídica del menor: se establecen deberes (no sólo derechos) de los menores, se protege más lo relativo a la libertad sexual y explotación de menores, y se priorizan las medidas estables frente a las temporales, las familiares frente a las residenciales, las consensuadas frente a las impuestas. También esta ley amplía la definición de riesgo y desamparo, establece la obligación de la Administración de preparar a los jóvenes para la vida independiente; se refuerza y se dan criterios de interpretación del interés superior del menor. Se pueden resumir las claves de esta reforma en siete puntos: interés superior del menor; instituciones de protección a la infancia y la adolescencia, adopción, violencia contra menores, menores con problemas de conducta, reformas procesales y menores extranjeros. 

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El día ha transcurrido con mucho interés y participación en las dos sesiones de trabajo, finalizando con una exposición sobre el tema de la denuncia, a cargo de Jose Mª Trillo, que nos ha orientado hacia pequeños gestos, acciones concretas que están a nuestro alcance.

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¡Gracias a los ponentes y a todos los participantes!